Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: "Por cuanto recibo en este acto de manos de la Notificada, ya identificada, en su condición de Administradora, el Cheque N° 42189480 por un monto de Bs. F. 3.025,00 de Banesco, correspondiente al pago de la deuda que originó el presente despacho de embargo, no quedando a deber nada por este ni por otro concepto, en consecuencia solicito a este Tribunal Ejecutor se abstenga de la practica de la medida de Embargo Preventivo y ordene la remisión de las presentes actuaciones al Juzgado de la Causa, es todo". El Tribunal visto el pago efectuado en este acto y conforme a lo solicitado por la parte actora acuerda abstenerse de la presente medida de Embargo Preventivo y remitir esta comisión junto con todas sus actuaciones al Juzgado comitente, debidamente cumplida, previo registro de salida y la expedición de las copias certificad.....