PARTE DISPOSITIVA:
Este Juzgado del Municipio Pedro María Ureña, de La Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, declara: SIN LUGAR la Acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana NIDIA ROJAS PRADO, ampliamente identificada en autos, asistida por el abogado JOSE ELIAS DURAN TOLOZA, ya identificado, en contra de los ciudadanos: CARLOS LUIS RAMIREZ GUTIERREZ, LEONARDO JAVIER PEREZ MOLINA y GLADIS ESPERANZA ALARCON DE FONSECA, también identificados y el primero de los nombrados representado por su apoderado judicial abogado ANTONIO MANLTILLA LITTLE, ya identificado. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del Recurso de Amparo tal y como ha quedado establecido.-
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho del Juzgado del Municipio Pedro María Ureña, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los quince (15) días del mes de Fe.....