PRIMERO: CON LUGAR la solicitud por AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, presentada por la ciudadana MARY ISOLINA PARADA NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.973.412 y domiciliada en el Municipio Libertad, Estado Táchira; contra el ciudadano ÁLVARO ANTONIO PARADA NIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.021.448 y domiciliado en el Municipio Libertad, Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR EL OFRECIMIENTO realizado por el ciudadano ÁLVARO ANTONIO PARADA NIETO, ya identificado, en relación con el monto mensual de la obligación alimentaria y los gastos de la temporadas escolar y navideña.
TERCERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA a la cantidad de SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 70.000,00) mensuales, los cuales deberá continuar depositando el obligado alimentario en la cuenta correspondiente.
CUARTO: En cuanto a los gastos de vestido, calzado, educación, cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recr.....