CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 24 de Noviembre de 2006, comparecieron voluntariamente ante este Tribunal los ciudadanos: MARÍA DELIA GELVIS de BUITRAGO y GERMÁN JOSÉ BUITRAGO RODRÍGUEZ, parte demandante y demandada respectivamente, el demandado de autos, ofrece aumentar la obligación alimentaria la cantidad de CIENTO TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 130.000.00) mensuales y el doble de dicho monto es decir la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 260.000,oo) para los meses de agosto y diciembre de cada año, así mismo ofrece continuar cubriendo el 50% de los gastos médicos y de medicinas de mis hijos; la demandante manifestó la aceptación en todas y cada una de sus partes del ofrecimiento hecho por el padre de sus hijos, sobre el monto de la obligación alimentaria, así como cuotas extras. En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de l.....