Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en el presente proceso la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en consecuencia extinguida la demanda que por Fijación de Obligación alimentaria, incoada por la ciudadana: ENALBA GARIZAO PACHECO, venezolana, identificada con la cédula Nro.V-23.132.567, domiciliada en Abejales Municipio Libertador del Estado Táchira, contra NARCES SORAGA MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro.V-23.168.944, domiciliado en Santa Bárbara, Municipio Andres Eloy Blanco del Estado Barinas, a favor de la Adolescente ELBIA MARINA y ROSA PATRICIA SORAGA GARIZOA.
Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión.
No hay condenatoria en costas, en virtud de lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.