Por las anteriores razones de hecho y derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación de manutención presentada por la ciudadana CATALINA RAMIREZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.149.401, contra JOSE ARMANDO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.282.831 a favor del Adolescente JONATHAN JOSE, y decide:
PRIMERO: Se establece como Aumento de la Obligación de Manutención la cantidad de TRECIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F.300,oo) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de Agosto de cada año el doble de la obligación de manutención, es decir; la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 600,oo) a fin de cubrir gastos de útiles escolares.
TERCERO: Se establece para.....