Este Tribunal atendiéndose al contenido de la solicitud, los recaudos anexos a la misma, y analizadas las declaraciones de los ciudadanos GUERRERO ROSALES ANACELY ELIZABETH, RAMÍREZ DE TEKESHITA ELVA ELISA, RUDA RODRÍGUEZ WALTER JULIO y NIETO RICARDO ALBERTO, ya identificados, y siendo estos pruebas fehacientes e idóneas, para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditar el derecho suficiente que le asiste a los ciudadanos OZAWA FUKAYAMA IKUO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NªV-9.149.537; OZAWA FUKAYAMA DAIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NªV-11.113.695; OZAWA FUKAYAMA YASUMI, venezolana, mayor de edad ,titular de la cédula de identidad NªV-9.464.910; OZAWA FUKAYAMA TOSIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NªV-9.469.134 y OZAWA FUKAYAMA TERUMI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NªV-11.113.696, en su condición de únicos y universales herederos de la fallec.....