"... Con los elementos que cursan en las actas procesales, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por Cumplimiento de Contrato, en favor de los ciudadanos WALDITRUDIS ROSALES USECHE y RAVELL ANTONIO ROSALES USECHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.198.734 y V-2.549.566 respectivamente, domiciliados en La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, contra la ciudadana GLENDY DEL CARMEN NOGUERA SALAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-9.337.738, quien puede ser ubicada en la carrera 6 entre calles 5 y 6, casa N° 5-33, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se condena a la ciudadana GLENDY DEL CARMEN NOGUERA SALAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-9.337.738, a paga.....