este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Exponen que de mutuo acuerdo han convenido en rebajar la Obligación de Manutención de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) a SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) Mensuales, de los cuales serán depositados CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00) semanales en una cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin, en la Entidad Bancaria Banfoandes.
SEGUNDO: El padre le hace entrega a la madre de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) en efectivo de la deuda de los cuales le quedaría debiendo la suma de MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1800,00) y se compromete a cancelarlos de la siguiente manera: CI.....