este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se fija la cuota de la Obligación de Manutención en DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200) MENSUALES, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorro del Banco Bicentenario a nombre de la madre beneficiaria.
SEGUNDO: En el mes de AGOSTO ambos padres se comprometen a comprar los uniformes y los útiles escolares, en un 50% cada uno.
TERCERO: En el mes de Diciembre ambos padres se comprometen a comprar un estreno y un regalo cada uno.
CUARTO: Queda establecido igualmente que el ambos padres se comprometen a cancelar en igual de condiciones los gastos médicos el 50% cada uno.
.....