SE HOMOLOGA el ofrecimiento realizado SE FIJO la Obligación de manutención en la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 450) mensuales. Se fijan dos bonos especiales por el doble de dicha cantidad, es decir la suma de NOVECIENTOS (Bs. 900,00) para los meses de septiembre y diciembre para los gastos de uniformes, útiles escolares y gastos decembrinos, estableciéndose el aumento automático y proporcional tanto de la mensualidad fijada como de los bonos aquí establecidos en un veinte por ciento (20%) anual