HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO Queda fijada la Obligación de Manutención en la cantidad de CIEN BOLIVARES SEMANALES (BS. 100,00) PARA UN TOTAL DE cuatrocientos bolívares mensuales (Bs. 400.00), cantidad esta que entregara en forma semanal a la madre, : Se fijan dos bonos para los meses de septiembre y diciembre por un monto de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) cada bono, los cuales servirán para cubrir los gastos escolares y decembrinos en su debida oportunidad, CUARTO: En cuanto a los demás gastos relacionados con ropa, zapatos, medicinas y otros que se generen serán compartidos en un 50% por cada progenitor, previa presentación de facturas que comprueben la veracidad de los mismos". QUINTO: Dicho Obligación se aumentara anualmente en un 20% como lo establece la ley y de acuerdo al índice de inflación que establezca el Banco Central de Venezuela,