Con base al acuerdo llegado entre las partes por ante este despacho en el aumento de la obligación de manutención, este Tribunal la FIJA en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,oo) mensuales e igualmente se fijan dos bonos especiales por la misma cantidad es decir CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00), en los meses de julio y noviembre y los gastos de ropa, médicos y medicinas correrán en un 50% por ambos progenitores,