Se Homologo el convenimiento, Queda fijada la Obligación de Manutención en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES MENSUALES (BS. 500,00), cantidad esta que entregara a la madre en forma quincenal, es decir, DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.250.00) en cada quincena, comprometiéndose la madre a firmar un recibo, en cuanto a los demás gastos relacionados con ropa, zapatos, medicinas y demás que se generen serán compartidos en un 50% por cada progenitor, TERCERO: Se establecen dos bonos por igual cantidad a la mensualidad para los meses de septiembre y diciembre de cada año que cubrirán gastos relacionados con gastos escolares y decembrinos, Acuerdan también que el padre se compromete a cancelar la mitad del arriendo y/o alquiler de la casa donde la prenombrada madre vive con el niño. CUARTO: Dicha Obligación se aumentara anualmente en un 20%