Por las razones expuestas, este Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Cobro de HONORARIOS PROFESIONALES, intentado por el Abogado MARCO TULIO QUINTERO RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.102.677, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 110.525, domiciliado en Seboruco Municipio Seboruco del Estado Táchira y civilmente hábil, contra los ciudadanos: RICHARD OMAR DIAZ HINOJOZA y MARIBEL DEL SOCORRO PABON ARELLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V.- 10.749.664 y V.-10.744.856, domiciliados en La Grita Municipio Jáuregui del Estado Táchira y civilmente hábiles, en la que se acuerda:
PRIMERO: Se condena a los ciudadanos: RICHARD OMAR DIAZ HINOJOZA y MARIBEL.....