DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, de los ciudadanos PABLO ANTONIO JESUS FLORES CROCE y ALIX ARACELI RANGEL DE FLORES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.127.102 y V-6.827.650 en su orden, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, el día 19 de septiembre de 1985, por ante el Prefecto del Distrito Jáuregui (hoy de Municipio Jáuregui), Estado Táchira, tal y como se desprende del acta de matrimonio N° 54.