En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos CARLOS ALBERTO GUERRERO SANCHEZ y LUIS JAVIER GUERRERO SANCHEZ, ya identificados, en su carácter de hijos, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante ELVIGIA MARIA SANCHEZ DE GUERRERO.