Vista la TRANSACCIÓN celebrada en fecha 25 de junio del año en curso entre el abogado VICTOR RAMON RONDON PORRAS, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 12.813.417, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.831, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "TOUSMODEL C.A.", de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de enero de 2007, bajo el N° 41, Tomo 1-A y el codemandado ciudadano JOSE GREGORIO COLMENARES ALVIAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.249.036, de este domicilio, asistido por el abogado MARLON ANTONIO MORA REYES, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 179.604; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto celebrado entre las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HO.....