Vista la diligencia presentada en fecha 22 de febrero de 2012, por la abogada FLOR AURORA ALVIAREZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.132.599 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.558, quien actúa con el carácter de coapoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil CRU-MAR C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, inscrita en fecha 28 de febrero de 1.972, bajo el N° 16, folios 49 fte al 55 fte, Libro de Registro de Comercio N° 1, debidamente representada por su Director General, ciudadano SEBASTIAN RIBALLO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.134.782, mediante la cual desiste del procedimiento, incoado contra la ciudadana CARMEN CECILIA RAMOS OTERO, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-858.521, de este domicilio, en su condición de propietaria de la firma personal IMPROMEDCA, inscrita por ante e.....