Vista la transacción celebrada en escrito de fecha 19 de febrero del año en curso, entre el demandante, ciudadano MELECIO ANDRES DUQUE MORENO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 4.092.709, asistido por la abogada en ejercicio CRUZ DELINA CORDERO, titular de la cédula de identidad N° V- 4.633.605, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.354; y la ciudadana GLADYS COROMOTO GUTIERREZ LINDARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.163.273, en su condición de Presidenta de la extinta directiva de la parte demandada, ASOCIACIÓN CIVIL FAMILIAS SIN VIVIENDA DEL ESTADO TÁCHIRA, inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 20 de mayo de 1993, bajo el N° 38, tomo 24, Protocolo Primero, condición que consta en Acta de Asamblea Extraordinaria N° 26, de fecha 29 de noviembre de 1998, Registrada por ante la Oficina Subalterna del Primer Circui.....