SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana ANA MARÍA MATHEUS DE ROSADORO, ya identificada y revisada como ha sido la documentación presentada esto es, copia simple debidamente confrontada con su original, hallada conforme y devuelta a su presentante de la cédula de identidad No.15.156.057, de la solicitante; copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No.578, del año 1980, perteneciente a ANA MARIA, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, el 06 de marzo de 2.009; copia simple debidamente confrontada con su original, hallada conforme y devuelta a su presentante de Acta de Nacimiento No.2368, del año 1948, perteneciente a MARÍA LUISA, expedida por el Registro Principal del Distrito Capital, Caracas, el 26 de febrero de 2.009; copia simple confrontada con su original, hallada conforme y devuelta a su presentante de acta No.162, perteneciente MARÍA LUISA CORTES OJEDA, expedida por el Consulado General de España- Caracas- Vene.....