Visto el CONVENIMIENTO, celebrado en el ACTO CONCILIATORIO, por ante este despacho en fecha 18 de mayo de 2009, entre la parte demandante ciudadana ANA JUSTINA ESCALANTE DE QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.5.674.374, (quien manifestó no saber firmar), asistida de la abogada en ejercicio CARMEN MARINA CONTRERAS CONTRERAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 65.388 y la parte demandada ciudadana CARMEN HAYDEE PARADA DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.10.153.394, asistida por la abogada en ejercicio MONICA RODRIGUEZ MEJIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 83.904, mediante la cual deciden poner fin al presente juicio; por cuanto se observa que el mismo no es contrario a derecho y versa, sobre derechos disponibles, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República; Bolivariana de Venez.....