Vista la comisión agregada al Cuaderno de Medidas en fecha 11 de noviembre del año en curso, desprendiéndose de la misma, la transacción celebrada en fecha 31 de octubre de 2011, en acta de embargo preventivo levantada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, entre el demandante, ciudadano DANIEL ALVAREZ LIZARAZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.342.869, y de este domicilio, asistido por la abogada LISBETH GUTIERREZ PERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.176.922, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.615, y el abogado JHONNY DUQUE PAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.352, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de la co-demandada, empresa EXPRESOS MERIDA C.A., domiciliada en San Cristóbal del estado.....