Por todas las razones de hecho y de derecho explanadas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, interpuesta por la ciudadana NORIS COROMOTO MORALES DE CARRILLO; contra CRISTINA RINCÓN POSADA, (fallecida); posteriormente contra sus herederos conocidos y desconocidos; a saber, como herederos conocidos, los ciudadanos SONIA MARLENE PATIÑO RINCÓN, JORGE SIMEÓN PATIÑO RINCÓN, NESTOR EMERSON PATIÑO RINCÓN y FREDDY JOSÉ PATIÑO RINCÓN, en consecuencia, CONDENA a dichos herederos en lo siguiente:
PRIMERO: PAGAR la suma de CUARENTA Y SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 47.000,00), por concepto de capital adeudado en la letra de cambio objeto de la acción.
SEGUNDO: PAGAR la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTO.....