Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la demanda de DESALOJO, interpuesta por la ciudadana ANA DILIA MEDINA DE PARADA, contra la ciudadana HERMELINDA DEL CARMEN ROA RAMÍREZ, ambas suficientemente identificadas en esta Sentencia, en consecuencia, CONDENA a la parte demandante en costas de conformidad con la norma prevista en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber resultado totalmente vencida.