Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la demanda de DESALOJO, interpuesta por el ciudadano VICTOR MANUEL USECHE DELGADO, actuando en nombre propio y como Apoderado Especial de los ciudadanos SOYLA MARÍA USECHE DELGADO DE PÉREZ, LUIS ALFONSO USECHE DELGADO, YOLANDA MARÍA USECHE DELGADO DE YEPEZ y ALIX MATILDE USECHE DELGADO, contra el ciudadano JOSÉ DE JESÚS BERMÚDEZ VILLAMIZAR contra el ciudadano JOSÉ DE JESÚS BERMUDEZ VILLAMIZAR, todos suficientemente identificados en esta Sentencia. En consecuencia condena a la parte demandante en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber resultado completamente vencido.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.