Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda de DESALOJO, interpuesta por la ciudadana MARTHA NATIVIDAD BERMUDEZ DE CONTRERAS, a través de su apoderada judicial, abogada GLORYS BEJARANO GUERRERO, contra el ciudadano JUAN PABLO CASTELLANOS MENESES, todos suficientemente identificadas en esta Sentencia, en consecuencia, CONDENA en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, a los fines de darle cumplimiento a lo establecido en el artículo 248 del código de Procedimiento Civil.