AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana GLORIA ELENA QUINTERO DE PALMISANO, titular de la cédula de identidad N° V.-3.961.306, inscrita en el inpreabogado N° 35.291, según Poder Especial, otorgado por los ciudadanos TONY PALMIANO QUINTERO y MARINE WENDY GONZALEZ VILLAMIZAR DE PALMISANO, venezolanos, mayores de edad, técnicos superiores universitarios, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad N° V.-10.162.770 y V.-11.792.190, para que en representación de los niños ORIANA DEL VALLE y RONY PALMISANO GONZALEZ; VENDA los derechos y acciones que los niños ya identificados poseen, consistente en un lote de terreno propio, con un área aproximada de 330 metros cuadrados, ubicado en La Pradera Tucape, Aldea Caneyes en Jurisdicción del Municipio Cárdenas del Estado Táchira y comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la calle pública, mide 15 metros; SUR: con una callejuela pública, mide 15 metros; ESTE: con propiedades que son o fueron de.....