Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Unipersonal No.5 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de GUARDA incoada por el ciudadano GERARDO SUÁREZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-9.221.763, asistido por la Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, abogada Eyding Carolina Rojo Rivas, en contra de la ciudadana ALEJANDRA DEL VALE LOPEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-14.372.978. En consecuencia se CONCEDE LA GUARDA DE LOS NIÑOS FREIGERD ALEJANDRO Y VALERY ALEJANDRA SUAREZ LOPEZ, al progenitor ciudadano GERARDO SUAREZ DIAZ, con todos los atributos que para ello establece el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se.....