Cumplidos con todos los requisitos ordenados por esta sala de juicio y vistos y analizados los recaudos cursantes en el expediente, esta Juez Unipersonal Nº 03 de la Sala de Juicio del Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana SONIA UBILERMA MORALES DE MORALES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.627.437, para que en nombre y representación de su hija la adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), efectué la venta de los derechos y acciones que le corresponden a la prenombrada adolescente, sobre un bien inmueble, consistente en un lote de terreno propio, ubicado en la carrera 3 con calle 3 (En proyecto) N° 3-63, Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, con N° Catastral 20-05-13-70-01; alinderado y medido según documento de adquisición, de la siguiente manera: NORTE: Co.....