este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ADRIAN ELEUTERIO VIVAS PEREZ, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V ?1.572.230, fallecido ab intestato en fecha 28 de Septiembre del 2003, tal y como se desprende del acta de defunción que cursa en el folio tres (03) del presente expediente; a la ciudadana MERCEDES TERESA GUILLEN MANCILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V ? 9.143.156 y a sus hijos ADRIAN ELI VIVAS GUILLEN, identificado con la partida de nacimiento Nº 496, levantada por la Prefectura de la Parroquia San Sebastián, Municipio San Cristóbal; ADRIANA MERCEDES VIVAS GUILLEN, identificada con la partida de nacimiento Nº 220, levantada por la Prefectura de la Parroquia San Sebastián, Mu.....