", es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia acuerda la Rectificación de la Partida de Nacimiento signada con el número: 239, de fecha 30 de enero de 2.001, expedida por la Prefectura de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal en el Estado Táchira, perteneciente al niño: (Nombre omitido por disposición del artículo 65, parágrafo primero de la Lopna).