es por lo que esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la quién en vida respondía al nombre de JOSEFA ANTONIA CONTRERAS ESCALANTE, mayor de edad, de profesión Bedel, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.337.137, domiciliada en la calle 03 con carrera 03, casa S/N, Barrio Rincón, El Cobre, Municipio José María Vargas del Estado Táchira y falleció en fecha 01/01/2.000, según consta en el acta de Defunción Nº 01 asentada ante la Prefectura del Municipio José María Vargas, Estado Táchira; a CARLOS EDUARDO CONTRERAS, JORGE LUIS CONTRERAS y JOHANA KARINA CONTRERAS quedando a salvo los derechos de terceros, conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.