Se declaró INADMISIBLE el presente recurso de nulidad incoado por el abogado Juan José Suárez Rincón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n. º 91.086, actuando con el carácter de coapoderado judicial de la sociedad mercantil Distribuidora Merca Fácil C. A.., en contra de las providencia administrativa n. º 322-2012, de fecha 21 de marzo del 2012, emanada de la Inspectoría General Cipriano Castro del Estado Táchira, en el expediente administrativos de reenganche y pago de salarios dejados de percibir signado con el n. º 056-2011-01-00441, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.