Se DECLARA: 1° INADMISIBLE el presente recurso de nulidad incoado por los ciudadanos Luis Alejandro Rodríguez Cuellar, Carlos Alberto Parada Mendoza, Juan Carlos Henao Cabanzo, Carlos Edgardo Ramón Ramírez, Robert José Medina Mejías y Álvaro Herrera Carrillo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V.- 22.672.524, V.- 19.359.925, V.- 19.975.429, V.- 19.353.115, V.- 18.880.875 y V.- 12.233.171, en su orden, asistidos por el abogado Francisco Antonio Chacón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, con el n. º 214.409, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.