PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 62.735,00), cantidad que comprende los siguientes conceptos: Bs. 4.575,00 que ya recibió por concepto de pago de prestaciones sociales originadas durante el período de duración de la relación laboral desde el 01-12-2010 hasta el 26-02-2011. La cantidad de Bs. 7.260,00 que recibió por concepto de pago de material quirúrgico. La cantidad de Bs. 17.900,00 que recibió por concepto de pago de cirugía realizada el 12-01-2011 y la cantidad de Bs. 33.000,00 que recibe en este acto por concepto de Indemnización por Discapacidad Total Permanente para el trabajo habitual, a través de cheque del Banco Nacional de Crédito n° 95601432 de la cuenta corriente n° 0191 0041 30 2141010831 a nombre de Nilson Alexander Camargo Rincón, de fecha 14-06-2012. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifie.....