Por los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio causa de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por el ciudadano EDECIO ARCADIO CAÑIZALES ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.610.682, en su carácter de Director Administrativo de la empresa PROMOCIONES ROAN C.A. Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 48, Tomo 11-A de fecha 26 de mayo del 2006, y posteriormente inscrito por cambio de domicilio por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el N° 70, Tomo A-28, en fecha 06 de septiembre de 2007, y Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 29 de agosto de 20.....