PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho supra trascritas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión Previa Opuesta contenida en el Ordinal 1° del artículo 346 del Código de procedimiento Civil, referida a la incompetencia de este Tribunal. En consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA de la presente acción por Daños y Perjuicios, incoada por el ciudadano Juan Onofre Ortega, asistido por el abogado José Lucio González, en contra del ciudadano Luis Arcadio Rueda Chacón, para el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, a fin de que siga conociendo de la misma.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte perdidosa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.