PARTE DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA RECONVENCIÓN por el Reconocimiento de Unión concubinaria, incoada por le ciudadana Deybis Karina Méndez Fiallo contra el ciudadano Hebert Dario Struve Cárdenas.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por REIVINDICACION incoada por el ciudadano Hebert Darío Struve Cárdenas contra la ciudadana Deybis Karina Méndez Fiallo.
TERCERO: Se ordena a la parte demandada, ciudadana, Deybis Karina Méndez Fiallo haga entrega del inmueble suficientemente descrito en autos a su propietario Hebert Darío Struve Cárdenas.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada reconviniente por ser parte perdidosa en la RECONVENCION incoada y declara sin lugar......