Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de Cumplimiento de Contrato de Compra Venta, incoada por el ciudadano Antonio José Calderón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.788.609, contra el ciudadano José Ignacio Arias Ortiz, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.208.244, en consecuencia, se declara EXTINGUIDO EL PROCESO.