Con vista a tal criterio jurisprudencial sentado por la Sala Constitucional, y con base a la situación fáctica denunciada como presuntamente violatoria de derechos constitucionales, y ante la amenaza inminente de irreparabilidad de las presuntas lesiones a derechos y/o garantías constitucionales, este Juzgador DECRETA: MEDIDA INNOMINADA, la cual consiste en SUSPENDER la celebración de la Asamblea General extraordinaria, convocada para el día 15 de octubre de 2016 en la Asociación Civil Provivienda COLINAS DE LA ROTARIA, hasta tanto se resuelva la presente acción. El incumplimiento a esta medida se entenderá como desobediencia a la autoridad, lo cual será sancionado conforme a la ley. Notifíquese mediante Oficio. Con relación a la segunda medida solicitada, este Tribunal al respecto observa que si bien es cierto, que una medida cautelar se dicta a los efectos de evitar un daño, y en ese sentido el Juez puede adoptar las providencias que considere necesarias con el fin de hacer cesar la .....