PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la ciudadana MARIA EVELIA ROJAS GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.999.690, contra los ciudadanos JULIO CESAR ROSALES NUÑEZ, DEISSY YAMILE MIRANDA DE ROSALES, DAIS CJELINA ROSALES MIRANDA y GENEVIM PAOLA ROSALES MIRANDA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.672.991, V-5.656.813, V-14.606.808 y V-18.256.190, respectivamente y SIN LUGAR la reconvención por RESOLUCION DE CONTRATO, interpuesta por estos últimos en contra de la primera de las nombradas, en consecuencia:
PRIMERO: SE ORDENA a los demandados a otorgar a favor de la demandante el documento de compra venta del inmueble objeto del contrato autent.....