DECLARA CON LUGAR el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los cónyuges LUÍS EDUARDO TOCUYO ARELLANO Y CARMEN SELENY MÁRQUEZ RAMIREZ, ambos suficientemente identificados en autos, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, por ante la Prefectura de la Parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 22 de Abril de 1.998, según acta de matrimonio N° 102.