Por las razones expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO CELEBRADO entre los ciudadanos: MARCIA JOSEFINA VALERO PÉREZ Y LUIS ALFONSO JAIMES CACERES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.156.412 y V-9.232.077 respectivamente, en su carácter de demandada y demandante en su orden, asistidos por las abogadas BLANCA HAYMARA GÓMEZ URBINA Y SONIA ESPERANZA VIVAS GARNICA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos.117.811 y 35.384 respectivamente. Una vez se de cumplimiento de todo lo convenido, se dará por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.