LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN realizada por los abogados Jimmy Ángel Urdaneta, con el carácter de demandante y el abogado Elmer Díaz Ramírez, con el carácter de apoderado del ciudadano Richard Rondon Amaya, parte demandada. En consecuencia, este Tribunal le otorga su aprobación y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, se levanta la medida de embargo preventivo decretada en fecha 18 de noviembre de 2004, por este Juzgado, y participada con oficio Nº 1626 al Juzgado Distribuidor de los Municipios San Cristóbal, Cárdenas, Guásimos, Libertador, Fernández Feo y Andrés Bellos de esta Circunscripción Judicial. Se insta a la parte actora a consignar las resultas de la comisión librada.