PRIMERO: DECLARA INDAMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana ANRIETTE MERJECH DE HERNANDEZ, venezolana, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.194.283, de este domicilio y hábil., contra los ciudadanos Herederos Conocidos del ciudadano José de las Mercedes Vivas, Magdalena Pérez de Vivas y María Luisa Soto Vda de Hernández, ampliamente identificad en autos.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, SE CONDENA en costas a la accionante en este juicio por haber resultado totalmente vencida.
TERCERO: Notifíquese a las partes.