PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por Acción Reivindicatoria interpuso el ciudadano ALFONSO RÓMULO GÓMEZ MENESES, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 9.469.253, con domicilio en Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, contra los ciudadanos ANA JULIA HERNÁNDEZ PABÓN y NICOLÁS FERREIRA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad N° 13.302.152 y 4.446.769 en su orden, domiciliados en Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara la confesión ficta de la codemandada ANA JULIA HERNÁNDEZ PABÓN, ya identificada.
TERCERO: Se Ordena a los ciudadanos ANA JULIA HERNÁNDEZ PABÓN y NICOLÁS FERREIRA MENDOZA, ya identificados, a que desocupen inmediatamente el inmueble propiedad del ciudadano ALFONSO RÓMULO GÓMEZ MENESES, antes identificado, ubicado en la calle 16, entre avenidas 11 y 13, casa 11-07 del Barrio San Martín de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, dejándolo libre de personas y bienes y hacer entrega del mismo .....