este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos FIDEL ANGEL SOTO PARRA y ERMELINA GOMEZ CAÑIZARES, venezolano el primero y colombiana la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-5.679.082 y CC-60.316.152, domiciliados en Sabaneta, vía El Llano, calle Bolívar Nº 9-14, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter de padres del causante DARWIN ESMIR SOTO GOMEZ, quien falleció el día 07de mayo de 2008, según consta en acta de defunción arriba señalada. Conforme al articulo 397 del Código de Procedimiento Civil quedan a salvo los derechos de terceros.