Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la demanda por cobro de bolívares vía intimación interpuesta por la ciudadana Yuri Blandon de Salamanca en contra de la señora Segunda Nicasia Cadena Cuenu.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 274 procesal, se condena en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y déjese copia digitalizada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los diecisiete (17) días del mes septiembre del año dos mil veintiuno. Años: 211° de la Independencia y 162° de la Federación