Así las cosas, resulta forzoso para quien decide declarar con lugar los reparos graves presentados por la representación judicial de la parte demandante al informe de partición, y en consecuencia se ordena a la partidora designada que rinda un nuevo informe en que el que presente una propuesta de partición tomando en consideración que el inmueble objeto de la misma ubicado en la Calle 16, N° 12-2 y 12-12 con esquina de la carrera 12 N° 15-86 y N° 15-90, Barrio La Romera, Parroquia Pedro María Morantes, Munipio San Cristóbal del Estado Táchira, es divisible estructuralmente en cinco partes iguales que conservan su valor proporcional al todo, por lo que deberá adjudicarle a cada comunero la quinta parte que le corresponde, para lo cual deberá tomar en consideración el informe del practico designado por la partes el ingeniero Freddy Prato Rincón inserto a los folios 135 al 150 de la primera pieza. Así se decide. Notifíquese a las partes. DRA. FANNY TRINIDAD RAMÍREZ SÁNCHEZ, JUEZ PROVISOR.....